De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Ley Número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero; los Lineamientos Generales en materia de Clasificación y Desclasificación de la Información, así como para la elaboración de versiones públicas del Estado de Guerrero; tal como lo establece la Ley Número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, en su Titulo Quinto Capítulo I artículo 114 “El acceso a la Información Pública será restringido excepcionalmente, cuando por razones de interés público, ésta sea Clasificada como Reservada”. 

 

Derivado de la anterior, el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guerrero, pública el Índice de Expedientes Considerados como Reservados.